Salta, 17 de Febrero de 2.016.-

RESOLUCION Nº  18/ 2016

VISTO:
Las Resoluciones Nº 002/16 y Nº 003/16 dictadas por este Consejo de Administración con fechas 11/02/2016 y 16/03/2016 respectivamente, que reglamentan el procedimiento de adjudicación y venta de los lotes propiedad de la Caja en el Bº Universidad Católica Y

CONSIDERANDO:
Que al cierre de las inscripciones, ocurrido en la fecha a hs. 13:00, la cantidad de afiliados / jubilados registrados refleja lo siguiente:
Padrón principal : ……………. 244 personas
Padrón especial : …………….   17 personas

Que se presume una masiva asistencia de inscriptos, al sorteo previsto para el día 23/03/2016.
Que a los fines de celebrar un acto de sorteo ordenado y claro en todos sus pasos, resulta conveniente determinar algunas medidas complementarias del Reglamento oportunamente dictado (Anexo II – Res. 002/16).

Por ello; las facultades conferidas en el Art. 14º, 34 inc. e), y demás concordantes de la Ley Nº 6556/89 modificada parcialmente por Ley Nº 6787/95

EL CONSEJO DE ADMINISTRACIONDE LA CAJA DE JUBILACIONES
Y PENSIONES PARA MEDICOS DE LA PROVINCIA DE SALTA
RESUELVE

ARTICULO 1º : ESTABLECER que el sorteo dará inicio indefectiblemente a hs. 09:00, con la apertura del acta correspondiente y la verificación por parte de el/la escribano/a interviniente, de la totalidad de los “números de inscripción” de los afiliado/jubilados registrados, tanto en el padrón principal como en el padrón especial.

ARTICULO 2º :  DISPONER que se sorteará en primer término, los inscriptos en el padrón principal (244) y acto seguido, los que integran el padrón especial (17), ambos grupos conformarán el listado general de adjudicatarios (261) de acuerdo a lo siguiente:
            Nº de sorteo : 001 a 062       –  adjudicatarios titulares    (Padrón principal)
            Nº de sorteo : 063 a 244       –  adjudicatarios suplentes  (Padrón principal)
            Nº de sorteo : 245 a 261       –  adjudicatarios suplentes  (Padrón especial)

ARTICULO 3º :  DEROGAR el Artículo 8 del Reglamento de sorteo (Anexo II – Res. 002/16)

ARTICULO 4º :  ESTABLECER que la ubicación de cada terreno, será asignada en forma directa según el resultado del sorteo, de acuerdo al siguiente esquema:

Nº sorteo

Catastro Nº

Nº Inscrip,

1

173.532

 

2

173.533

 

3

173.534

 

4

173.535

 

5

173.536

 

6

173.537

 

7

173.538

 

8

173.539

 

9

173.540

 

10

173.541

 

11

173.542

 

12

173.543

 

13

173.544

 

14

173.545

 

15

173.546

 

16

173.547

 

17

173.548

 

18

173.549

 

19

173.550

 

20

173.551

 

21

173.552

 

22

173.553

 

23

173.554

 

24

173.555

 

25

173.557

 

26

173.558

 

27

173.559

 

28

173.560

 

29

173.561

 

30

173.562

 

31

173.563

 

32

173.564

 

33

173.565

 

34

173.566

 

35

173.567

 

36

173.568

 

37

173.569

 

38

173.570

 

39

173.571

 

40

173.572

 

41

173.573

 

42

173.574

 

43

173.575

 

44

173.576

 

45

173.577

 

46

173.578

 

47

173.579

 

48

173.580

 

49

173.581

 

50

173.582

 

51

173.583

 

52

173.584

 

53

173.585

 

54

173.586

 

55

173.587

 

56

173.588

 

57

173.589

 

58

173.590

 

59

173.591

 

60

173.592

 

61

173.593

 

62

173.594

 

ARTICULO 5º ; RECTIFICAR lo establecido en el primer punto del art. 7º del Reglamento (Anexo II – Res. 002/16), disponiendo que la seña del 20% determinada en el mismo se abonará dentro de los 5 (cinco) días hábiles, contados a partir del acto de adjudicación.

ARTICULO 6º ; COPIESE, REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE.

Categorías: Novedades

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