Las organizaciones médicas de la provincia han manifestado – una vez más – su malestar por las infructuosas gestiones realizadas a nivel legislativo y ejecutivo provincial, para lograr el cumplimiento de derechos constitucionales en los aportes que percibe la Caja de Jubilaciones y Pensiones para Médicos de Salta.

“Las Cajas de la Salud de Salta aún no logran percibir el aporte económico obligatorio y específico de la patronal beneficiada por el trabajo de los médicos, lo que se denomina técnicamente comunidad vinculada, lo cual es necesario para su sustentabilidad y equilibrio financiero”, explicó Javier Núñez Burgos, titular de la Caja.

El sistema previsional integrado argentino y las leyes provinciales que originaron las Cajas de Jubilaciones contemplan tanto el aporte de los afiliados, como la contribución económica de la patronal beneficiada directa o indirectamente por la labor de los afiliados, que en éste caso son las obras sociales, coseguros, empresas de ART o de medicina prepaga, entre otras.

En Salta, son más de 30 años en que éste aporte impositivo de la patronal de los médicos no se abona a las cajas de la Salud. Esta situación se originó en el momento mismo de la promulgación de la ley de creación de la Caja para Médicos (año 1989), cuando en el artículo 33 de la ley se omitió especificar la “comunidad vinculada”.

“Este concepto sí está incluido en todas las leyes de creación de las cajas de profesionales en el país, incluidas las otras cajas provinciales, menos en nuestra Caja, como si los médicos no fuéramos profesionales y por lo tanto no podríamos cobrar este aporte”, remarcó Juan Dellmans, vocal del Directorio de la Caja.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció jurisprudencia muy clara al respecto, al sentenciar a favor de la Provincia de Córdoba respecto de su ley 4641, que fijó “una contribución del 15 % a cargo de las compañías de seguro, sobre los honorarios médicos que los mismos abonan, para integrar el capital de la Caja de Previsión Social para Médicos, Bioquímicos, etc.…”.

Es por ello, que “la Caja de Jubilaciones y Pensiones para Médicos de Salta, con el apoyo explícito del Círculo Médico de Salta, el Colegio Médico de Salta y la Asociación Sindical de Profesionales de la Salud de Salta, requiere el urgente tratamiento del Proyecto de Ley que modifica el artículo 33 de la Ley 6556, lo que evitaría la vía judicial del reclamo”, concluyó Dellmans.

Categorías: Novedades

0 comentarios

Deja una respuesta

Marcador de posición del avatar

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Abrir chat
¿Necesita ayuda?
Hola
¿En qué podemos ayudarte?