Jóvenes profesionales
Los afiliados menores de treinta y cinco (35) años de edad que demuestren no percibir ingresos por la profesión, o que únicamente trabajen en relación de dependencia en ámbito del Ministerio de Salud Pública de la Provincia u otros Organismos Públicos o Privados, sin consultorio habilitado, pueden adherir voluntariamente a realizar un Aporte Reducido, fijado en 4 módulos previsionales.
Requisitos:
a) Copia de DNI, Constancia de CUIL.
b) El certificado de trabajo, con fecha de alta y en qué cargo presta tareas. Emitido dentro del mes de solicitud en la Caja.
c) Constancia de alta en AFIP. Si es por tiempo determinado fecha de extinción.
d) Constancia de inscripción de AFIP. Si registra CUIT sin impuestos vigentes, constancia de la cual surja la fecha de alta y baja a tales impuestos.
e) Certificado del Colegio Médico que preste constancia de que no posee consultorio habilitado (y si tuvo con anterioridad, durante qué periodos), y
f) Declaración jurada de no ejercicio de la profesión.
Los médicos que ejercen su profesión únicamente como empleados en relación de dependencia con un régimen de Dedicación Exclusiva, en organismos estatales nacionales, provinciales o municipales, sin ejercicio de la profesión en forma independiente (sea en forma habitual o esporádica) pueden solicitar - dentro del plazo que establezca el Consejo de Administración- la Suspensión Temporaria de la Afiliación a la Caja, y mientras dure tal situación. De acordarse la exclusión, no corresponden los aportes ni los beneficios establecidos por la normativa.
REQUISITOS
Para el inicio del trámite, se debe presentar la siguiente documentación:
- Copia certificada de acto administrativo de designación en el cargo con régimen de dedicación exclusiva.
- Certificado de trabajo donde conste régimen horario, dedicación exclusiva, antigüedad, plazo de la relación laboral.
- Recibo de sueldo por los periodos de afectación al régimen y suspensión a la afiliación.
- Declaración Jurada en Formulario de la Caja, suscripto por medico solicitante en el que declare estar solamente afectado como empleado dependiente con régimen de dedicación exclusiva, con bloqueo de título para ejercicio liberal de la profesión. No ejercicio de la profesión en otro ámbito público o privado, de manera dependiente o independiente.
- Constancia de Alta en AFIP, como empleado dependiente del Ministerio de Salud Pública Nacional, Provincial o Municipal.
- Constancia de Inscripción de AFIP:
- 6.1. Si de la misma surge que no registra CUIT significa que nunca se dio de alta en un impuesto. Debe acompañar copia de pantalla.
- 6.2. Si de su CUIT se informa que no registra impuestos activos, debe solicitarse constancia de alta y baja a impuestos como monotributista, etc.
- Si manifiesta estar dado de alta, pero sin facturación, debe acompañar certificación de ingresos, o declaraciones juradas de rentas por el periodo retroactivo, y constancia de AFIP de no facturación.
El Artículo 32º de la Ley Nº 6556 y modificatorias, determina que la afiliación a ésta Caja de Jubilaciones y Pensiones para Médicos de Salta se suspende en los siguientes casos:
a) Por falta de ejercicio profesional, denunciada por el afiliado o comprobada de oficio, no obstante la matriculación y el pago de aportes, salvo los casos expresamente contemplados en la presente.
b) Por no tener domicilio real en la Provincia.
c) Por inhabilitación para el ejercicio de la profesión.